¿Quién puede adoptar?

            Si usted desea adoptar a un menor, sepa que existen unos requisitos en la ley para determinar quién puede ser adoptante y quién no. Lo primero que debe establecer es que usted ha residido en Puerto Rico durante seis meses seguidos antes de la solicitud de adopción, y que tiene catorce años más que el menor que desea adoptar. La ley exige también que el adoptante sea mayor de edad, a menos que se trate de una pareja casada. En ese caso, basta con que uno de los esposos sea mayor de 21, aunque el otro no puede ser menor de 18 años. Además, debe tener capacidad jurídica para actuar, que significa que usted está en sus cabales, sabe lo que está haciendo, conoce las consecuencias de sus actos, y que nadie lo está obligando a hacer algo que no quiere. Eso quiere decir que, si usted fue declarado incapaz por un tribunal, no puede adoptar.