Trato cruel o injurias graves 

            Las injurias graves y el trato cruel también son consideradas una causal de divorcio. Aunque no haya una definición específica de qué constituye trato cruel, esta causal puede incluir varias conductas. Por ejemplo, puede ser violencia doméstica, insultos, ataques constantes a la autoestima, angustias y sufrimientos mentales, entre otras. Debe estar preparado para presentar prueba clara ante el tribunal que demuestre actos específicos de crueldad o injuria grave. No basta con alegar que su cónyuge lo insultaba. Así, por ejemplo, es necesario especificar qué le dijo, dónde lo dijo y cómo lo dijo. Si hubo violencia física, debe presentar prueba de dónde le agredieron, cómo y con qué. Además, no basta con que su pareja le haya dicho en una sola ocasión que usted no sirve para nada. La conducta cruel y grave debe ser tal que haga imposible la vida conyugal.

            Hay casos en los que se intenta llevar una acción de divorcio por adulterio, pero no se logra obtener evidencia de que su pareja sostenía relaciones sexuales con otra persona. Si usted tiene prueba de que hay o hubo una relación inapropiada o romántica entre su cónyuge y un tercero, aunque no haya prueba de la relación sexual, esa conducta podría constituir trato cruel.

Otro caso en que puede recurrirse a la causal de trato cruel es si su pareja es convicta por un delito grave. La ley establece la convicción y reclusión por delito grave como una causal, pero hoy día los tribunales han determinado que ya no constituye una causal de divorcio. Sin embargo, bajo la modalidad de trato cruel e injuria grave, usted puede argumentar que la gravedad del delito cometido y la pérdida de libertad de su cónyuge como consecuencia de sus actos son una injuria grave.