¿Quién puede ser adoptado?

            Igual que existen requisitos para los adoptantes, también la ley exige ciertas condiciones para ser adoptado. La idea detrás de la adopción es que todos los menores de edad tengan padres. Por eso, sólo pueden ser adoptados los menores de edad no emancipados, o los menores que fueron emancipados por un decreto judicial o concesión de sus padres, no por matrimonio.

             1. Mayores de edad

            Como regla general, los mayores de edad no pueden ser adoptados. Si se da el caso de que se presentó la solicitud cuando el candidato a adopción era menor de edad, pero el decreto de adopción del tribunal se emitió después que llegó a la mayoría de edad, la adopción no surte efecto ninguno. Ahora, como excepción a la regla, si el candidato a adopción vivía con los posibles adoptantes antes de cumplir 18 años, y cuando se presenta la solicitud aún vive con ellos, se puede decretar la adopción. Asimismo, si el menor de edad fue emancipado, pero aún no se ha casado ni ha llegado a los 21 años, también puede ser adoptado.

             2. Por matrimonio

            El matrimonio es una de las maneras mediante la cual un menor puede emanciparse. Por tanto, si un menor de edad está casado o lo estuvo, el matrimonio ya lo emancipó y no puede ser adoptado.

             3. Ascendientes

Ninguna persona en Puerto Rico puede adoptar a uno de sus ascendientes. Es decir, un nieto no puede adoptar a un abuelo, ni un hijo a un padre.

            4. Tutelados

Si usted es tutor de un menor de edad, sepa que existen restricciones entre las adopciones que pueden darse entre un tutor y su pupilo. Por ejemplo, igual que un hijo no puede adoptar a un padre, un pupilo no puede adoptar a su tutor. Por otro lado, si usted tiene a un menor de edad bajo su tutela y desea adoptarlo, debe ir al tribunal para rendirle cuentas y que se decrete el fin de la tutela. Si usted solicitó la adopción de su pupilo y se decretó la misma antes de que finalizara la tutela, el decreto de adopción es nulo. Es decir, nunca se dio la adopción para efectos de la ley.